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Mavaline
Nacionalidad:
Venezolana
Reside en:
La Haya , Holanda
 
 

"La oportunidad que he tenido de vivir fuera de mi país, en mi caso en particular, ha sido muy fructífera, aún y cuando, me encuentro lejos de mi Venezuela, es por estos lares donde la he descubierto, al punto de que, lo que un día fuere un un remoto proyecto hoy se ha convertido en un libro.."

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  Todo lo que necesita saber para emigrar a...| España | Transporte

Transporte en España, licencia de conducir, comprar o vender un coche como extranjero, inmigrante, regulacion para conducir


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  •   Transporte


    A continuación podrá encontrar información relacionada al transporte en España, empezando por una descripción general, pasando por como obtener su licencia de conducir hasta el hecho de llegar a comprar o vender un vehiculo. De esta forma encontrara las respuestas a dudas comunes que se les presentan a los inmigrantes a la hora de llegar a España relacionadas a este tema.




    Para encontrar información mas detallada visite las secciones que se muestran a continuación:

  • Descripción General del transporte en España
  •  
  • Procedimiento para el canje de permisos de conducción de países no comunitarios por un permiso español.
  • El permiso de conducir en España
  •  
  • Comprar o vender un “coche” (vehiculo) de segunda mano






  • Descripción General del transporte en España

    España cuenta con una infraestructura diversa y competitiva en el área de transporte y telecomunicaciones, algunos de estos servicios se encuentran en manos del Estado y otros pertenecen al sector privado como es el caso de las carreteras que la mayoría dependen de las distintas Administraciones Públicas y las autopistas generalmente en manos privadas. Casi un tercio de los viajeros internacionales que entran en España utilizan el transporte aéreo.

    Más de 50 millones de pasajeros por año pasan por los aeropuertos españoles.
    La estratégica situación geográfica de España, sumada a su atractivo turístico, explica la importancia de este tipo de tráfico. Todas las ciudades importantes cuentan con aeropuerto, el más importante es el de Barajas en Madrid, seguido por el de Barcelona, éstos están unidos por un puente aéreo, que transporta más de dos millones y medio de pasajeros al año. También tienen gran importancia por su densidad de tráfico las líneas con las Islas Baleares y Canarias.
    Las ciudades más importantes cuentan con redes de transporte subterráneas (metro) muy eficientes que funcionan 20 horas seguidas normalmente de 6.00 horas de la mañana a 1.30 horas de la noche.


    Los autobuses cuentan con rutas extensas que les permiten abarcar todas las ciudades. Existen estaciones de autobuses para viajes internacionales, largos recorridos y pequeñas distancias entre poblaciones. El servicio de taxis es el medio de transporte más cómodo pero también más costoso. Otro medio de transporte muy utilizado en España es el tren que presta diferentes servicios y abarca todo el territorio nacional. Existe una red local de trenes de cercanías, hay trenes regionales que abarcan gran cantidad de destinos y la línea de alta velocidad (AVE) que cubre los trayectos Madrid-Sevilla y Madrid-Lérida. Otros trayectos de alta velocidad se encuentran en la actualidad en obras, los de Lérida-Barcelona, Córdoba-Málaga, Madrid-Valladolid y Madrid-Comunidad Valenciana.


    El permiso de conducir en España


    Para obtener permiso o licencia de conducir españoles es necesario ser residente en España.

    En los supuestos de extravío, deterioro o sustracción del permiso, o de cambio de domicilio del titular, las Jefaturas Provinciales de Tráfico expiden duplicados de aquéllos, en el último caso sin cobro de tasa.

    Los permisos de conducir tienen unos plazos de validez según la clase del permiso y la edad de su titular.

    Dicha validez será prorrogable mediante revisión efectuada en las Jefaturas Provinciales de Tráfico, acreditando el interesado que conserva las aptitudes físicas y psicofísicas exigidas para obtener el permiso de que se trate. Podrá utilizar su licencia de conducir dentro de toda la Unión Europea mientras tenga validez.

     


    Procedimiento para el canje de permisos de conducción de países no comunitarios por un permiso español.

    Permisos válidos para conducir en España:


    Son válidos para conducir en España los siguientes permisos de conducción:

    * Los nacionales de otros países que estén expedidos de conformidad con el Anexo 9 de la Convención de Ginebra, o con el Anexo 6 de la Convención de Viena, o que difieran de dichos modelos únicamente en la adopción o supresión de rúbricas no esenciales.


    * Los nacionales de otros países que estén redactados en castellano o vayan acompañados de una traducción oficial del mismo.


    * Los internacionales expedidos en el extranjero de conformidad con el Anexo 10 de la Convención de Ginebra, o de acuerdo con el modelo de Anexo E de la Convención Internacional de París, si se trata de naciones adheridas a este Convenio que no hayan suscrito o prestado adhesión al de Ginebra.


    * Los reconocidos en particulares convenios internacionales en los que España sea parte y en las condiciones que se indiquen en los mismos.



    Condiciones:

    La validez de los distintos permisos enumerados anteriormente, estará condicionada a que se hallen dentro del período de vigencia, su titular tenga la edad requerida en España para la obtención del permiso español equivalente y, además, a que no haya transcurrido el plazo de seis meses, como máximo, contados desde que sus titulares adquieran su residencia normal en España.

    Transcurrido dicho plazo, los mencionados permisos carecen de validez para conducir en España, y, si sus titulares desean seguir conduciendo, deberán obtener permiso español, previa comprobación de los requisitos y superación de las pruebas correspondientes, salvo que, por existir un convenio con el país que expidió el permiso, sea posible su canje por el español equivalente. En la actualidad se ha suscrito convenio con los Estados de Andorra, Suiza, Corea, Japón, Bulgaria, Argentina, Colombia y Ecuador.



    Documentación necesaria:



    * Solicitud en impreso oficial que se facilita en la Jefatura Provincial de Tráfico del domicilio del solicitante.

    * Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor, o, en su caso, del pasaporte, del documento de identificación de extranjeros (N.I.E.) que acredite su residencia normal o condición de estudiante en España durante el período mínimo exigido, en unión de los originales que serán devueltos una vez cotejados.



    * Informe de aptitud psicofísica, expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado, de la provincia de residencia del solicitante, al que se hallará adherida una fotografía actualizada del solicitante.



    * Dos fotografías actualizadas, de 35 x 25 mm.


    * Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni sometido a intervención o suspensión del que se posea.

    * Declaración por escrito de no ser titular de otro permiso o licencia de conducción, ya sea expedido en España o en otro país comunitario, de igual clase que el solicitado.

    * Declaración por escrito del titular, responsabilizándose de la autenticidad, validez y vigencia del permiso y, en su caso, la traducción oficial del mismo al castellano. Dicha traducción deberá realizarse por los intérpretes jurados, por los Cónsules de España en el extranjero, por los Cónsules en España del país que haya expedido el permiso, o por el Real Automóvil Club de España.

    * Permiso que se pretende canjear, copia o fotocopia del mismo.


    * En caso de que el permiso ofrezca dudas, la Jefatura Provincial de Tráfico podrá solicitar del interesado la aportación de un informe emitido por el Real Automóvil Club de España sobre su validez y vigencia, con especificación de los vehículos a cuya conducción autoriza y demás características del permiso.



    NOTA: Para los canjes de permisos profesionales de Bulgaria, Argentina, Colombia y Ecuador se exigirá la realización de pruebas adicionales que dependerán del país de origen. Para más información puede dirigirse a la Jefatura Provincial de Tráfico de su domicilio.

    El seguro del automóvil en España

    Usted puede asegurar su automóvil en cualquier compañía de seguros autorizada a emitir este tipo de pólizas en España. Ello afecta tanto al seguro obligatorio de responsabilidad civil como a los seguros facultativos que cubren riesgos suplementarios (robo, incendio, etc.).

    La ley le obliga a suscribir un seguro contra daños personales y materiales provocados por su vehículo. Esta garantía cubre a todos los pasajeros de su vehículo, incluidos los miembros de su familia. La carta verde o certificado de seguro emitida por su compañía tras la celebración del contrato es la prueba de que ha cumplido sus obligaciones relativas al seguro de responsabilidad civil de vehículos automóviles.

    Este seguro cubre su responsabilidad civil en toda la Unión Europea, con independencia de donde ocurra el accidente. Así pues, nadie podrá obligarle en ninguna circunstancia a pagar ningún suplemento por este seguro obligatorio de responsabilidad civil cuando viaje a otros países de la Unión Europea. Cuando realice este viaje no deberá presentar, en general, su carta verde o su certificado de seguro debido a que la matrícula de su automóvil muestra que usted dispone de un seguro obligatorio de responsabilidad civil en su Estado miembro.

    Sin embargo, si también desea un seguro contra otros riesgos, como el incendio o el robo de su automóvil en el extranjero, la compañía de seguros podrá exigirle un suplemento si la cobertura de su póliza se limita al territorio español.

    En caso de que usted sea responsable de un accidente automovilístico, su carta verde o su certificado de seguro constituyen la prueba de que dispone de un seguro obligatorio de responsabilidad civil que permite que las víctimas sean indemnizadas. Todo lo que debe hacer es comunicar el accidente a su compañía de seguros.


    Comprar o vender un “coche” (vehiculo) de segunda mano

    Documentación a tener en cuenta para comprar un vehiculo

    La documentación del vehículo sirve para aportar información tanto sobre la antigüedad del automóvil, como sobre el estado del mismo. Resulta aconsejable estudiar los siguientes datos:

    • Matrícula : En principio indica la antigüedad del vehículo, siempre y cuando no haya sido rematriculado; así pues, no puede confiarse ciegamente en este dato.
    • Tarjeta de Inspección Técnica (ITV) : Este documento sí indica el año correcto de matriculación. Además, permite identificar con exactitud el vehículo (marca, modelo, versión, motor, cilindrada, etc.) así como conocer si ha pasado todas las revisiones perceptivas (tanto las normales como las que se deben pasar en caso de accidente grave).
    • Permiso de circulación : Indica la persona del propietario y si existen limitaciones sobre su propiedad (por ejemplo, leasing).
    • Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico : Es la fuente más interesante, pues permite conocer todo lo relativo a antigüedad, estado, multas pendientes, y titularidad del vehículo.
    • Documento nacional de identidad en vigor, o en su defecto, resguardo de haberlo solicitado, así como Libro de Familia u otro documento que acredite los datos que figuran en el documento nacional de identidad que no presenta.
       
      • Si el solicitante es extranjero deberá presentar Tarjeta de Residencia así como declaración sobre titularidad de otros vehículos matriculados en España, o permiso de conducción español del que sea o hubiera sido titular, o el número de registro provincial de conductores extranjeros, si los tuviera.
      • En el supuesto de extranjeros que no tengan Tarjeta de Residencia, presentarán documento de identidad del país de origen, si se trata de ciudadanos de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE), o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si se trata de ciudadanos de terceros países, y además justificarán su domicilio en España mediante cualquier documento que así lo acredite, tales como la propiedad o alquiler de una vivienda, o estar censado en algún Municipio.
      • Cuando el solicitante sea Persona Jurídica, presentará Número de Identificación Fiscal así como el Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia de la persona que la representa y documento que acredite tener poder para actuar en su nombre.

    Con respecto al periodo de garantía, cuando el vehículo se adquiere en un establecimiento de compraventa de vehículos debe exigirse una garantía como mínimo de 6 meses, que es la legal (excepto en Cataluña, donde el plazo mínimo se establece en función de la edad del vehículo).
     
    A la hora de vender un vehículo hay varias opciones:

    Venderlo a un concesionario : se debe tener en cuenta que, aunque posiblemente esta opción implique un ahorro en el papeleo y una venta más rápida, el concesionario siempre dará un precio inferior al de un particular, debido a que posteriormente venderá el coche a un tercero e intentará obtener beneficio en la operación. Por lo general, si se va a comprar un coche nuevo, elevará el precio de compra del vehículo usado.

    Pero además, no todos los concesionarios actúan de la misma forma: unos compran el vehículo, mientras que otros admiten el vehículo como depósito, poniéndolo a la venta y cobrando una comisión cuando ésta se produzca.

    Los primeros actúan como compradores reales y por tanto, en este caso conviene exigir la firma de un contrato de compraventa y efectuar la transferencia en la Jefatura Provincial de Tráfico. Los segundos son meros intermediarios y el vehículo queda a nombre del anterior propietario hasta que aparezca un comprador. En este supuesto, es importante saber que para cualquier problema que surja con el vehículo (multa, accidente, etc.) el responsable será el titular que figure en los archivos de Tráfico, pues en estos casos el concesionario no realiza la transferencia a su nombre.

    Venderlo a un particular : Aunque se puede tardar más en formalizar la operación se obtendrán más beneficios que vendiéndolo a un concesionario.


     
    Transferencia e impuestos: ¿quién paga?

    En toda compraventa de vehículo se debe realizar un contrato de compraventa en el que, además de los datos personales de las partes involucradas, se debe hacer constar marca, modelo, precio y matrícula del vehículo. Como Hacienda establece valores mínimos para cada vehículo dependiendo de la antigüedad del mismo, es aconsejable para evitarse problemas fiscales, reflejar en el precio el valor de mercado del coche.

    El comprador tiene que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la Consejería de Hacienda de su comunidad autónoma.

    Es muy importante hacer la transferencia del vehículo, para que en la Dirección General de Tráfico figure como propietario el nuevo titular. Principalmente, porque el responsable de todos los problemas que puedan derivarse del uso del vehículo (multas, accidentes, etc.) será el titular que figure en los archivos de Tráfico.

    El trámite es diferente, dependiendo de que la venta se realice:

    Entre particulares : El vendedor tiene 10 días para notificar la transferencia a la Jefatura Provincial de Tráfico, indicando los datos personales del comprador y vendedor, fecha de compraventa; debiendo presentar el permiso de circulación del vehículo, contrato de compraventa y acreditación del pago de los  impuestos correspondientes. El comprador tiene 30 días para solicitar a este mismo organismo la renovación del permiso de circulación del vehículo, indicando los datos citados y acreditando el pago de impuestos. Es recomendable que el comprador y vendedor realicen estos trámites de forma conjunta para que ambos comprueben que se produce realmente el cambio de titularidad del vehículo.

    Con empresas de compraventa : El propietario de un vehículo que lo entrega a una empresa de compraventa de coches usados para que lo venda debe solicitar en plazo de 10 días a la Jefatura Provincial de Tráfico la baja temporal del mismo, acompañando el contrato de depósito y el permiso de circulación. Si el coche se vende, el comprador tiene 30 días para solicitar la inscripción del vehículo a su nombre y la consiguiente renovación del permiso de circulación. Si transcurre un año desde la baja temporal sin que el coche se venda, la empresa de compraventa deberá solicitar obligatoriamente el cambio de titularidad a su nombre.



     




     

     

     

     

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